
Silla Vita Plástica
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Reforma a la Ley Federal del Trabajo
Si tu personal trabaja de pie, la ley te obliga a poner sillas con respaldo a su alcance, en el área de trabajo. Te decimos qué exige la norma, qué sillas cumplen y cuántas necesitas.
La reforma exige sillas con respaldo, seguras y en condiciones adecuadas, disponibles en el área de trabajo para que el personal pueda sentarse en los momentos en que la actividad lo permita, sin interferir con sus funciones.
Cumplir no es un trámite: es la diferencia entre un turno que acaba agotado y uno que acaba entero. Nosotros fabricamos las sillas y te ayudamos a saber cuántas y de qué tipo.
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La fuente
La reforma obliga a los patrones a proveer el número suficiente de asientos o sillas con respaldo a disposición del personal.Reforma a la Ley Federal del Trabajo · publicada en el Diario Oficial de la Federación el 19 de diciembre de 2024 · en vigor desde el 17 de junio de 2025.
Por qué actuar ahora
El incumplimiento se sanciona conforme al artículo 994 de la Ley Federal del Trabajo, con montos calculados en UMAs que pueden alcanzar cientos de miles de pesos por centro de trabajo, además del riesgo de suspender actividades.
El plazo de adecuación terminó el 17 de junio de 2025. Desde esa fecha la autoridad laboral está facultada para verificar en cualquier momento, sin aviso previo y en el propio puesto de trabajo.
Permanecer de pie toda la jornada provoca várices, fatiga crónica y lesiones musculoesqueléticas. El costo se traduce en ausentismo, menor rendimiento al final del turno y rotación de personal capacitado.
La diferencia
Es el requisito explícito de la norma, y también lo que separa un asiento que cumple de uno que no. Da igual lo cómodo que parezca.
Sin respaldo, la espalda sigue trabajando para sostenerse. No hay descanso real y la norma no lo reconoce como asiento válido.
El respaldo sostiene la zona lumbar y permite que el personal se recupere en los momentos en que la actividad lo permite.
Línea Vita
Cuatro versiones sobre la misma estructura de tubo ovalado, en altura estándar y de mostrador. Apilables, de fabricación propia.

Asiento y respaldo de polipropileno. Apilable y fácil de limpiar.
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La misma estructura con asiento y respaldo tapizados, para descansos más largos.
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Altura de mostrador con descansapiés integrado.
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Versión alta con tapizado, para jornadas largas de atención en mostrador.
$970MXN
Precios por pieza, más IVA. Consulta descuentos por volumen y tiempos de entrega. Ver más sillas de oficina.
Cómo lo hacemos
Cumplir no tiene por qué ser complicado ni lento. Nos encargamos del diagnóstico, la propuesta y la entrega.
Revisamos tus puestos de trabajo y determinamos cuántas sillas necesitas y de qué tipo. Sin costo y sin compromiso.
Recibes una cotización clara y detallada, con tiempos de entrega precisos y el desglose por área.
Coordinamos la logística de entrega y armado en cualquier parte de México, para que cumplas dentro del plazo.
Preguntas frecuentes
Resolvemos las dudas más comunes sobre la Ley Silla: obligaciones, plazos y sillas con respaldo.
La reforma obliga a poner a disposición del personal asientos o sillas con respaldo. La Secretaría del Trabajo y Previsión Social emitirá criterios técnicos adicionales, pero el requisito de fondo ya es claro: el mobiliario debe ser funcional para el descanso periódico y la recuperación postural durante la jornada.
La reforma se enfoca en los sectores de servicios y comercio, y en centros de trabajo análogos. No exime a otras industrias, como la manufacturera, donde la naturaleza del trabajo lo permita. Lo recomendable es una evaluación por puesto para determinar la aplicabilidad.
No. Las sillas deben estar en el área de trabajo, no solo en cuartos de descanso apartados, para que el personal pueda sentarse en los momentos en que la actividad lo permita.
La reforma a la Ley Federal del Trabajo se publicó en el Diario Oficial de la Federación el 19 de diciembre de 2024 y entró en vigor el 17 de junio de 2025. La autoridad ya puede realizar inspecciones.
El incumplimiento se sanciona conforme al artículo 994 de la Ley Federal del Trabajo, con multas calculadas en UMAs que pueden alcanzar cientos de miles de pesos por centro de trabajo, además del riesgo de suspensión de actividades. El monto exacto depende de la UMA vigente y del número de trabajadores afectados.
La norma pide un número suficiente para el personal que trabaja de pie, considerando turnos y rotación. Las sillas se quedan en el puesto y las comparten los distintos turnos, así que el cálculo parte del turno más numeroso, no de la suma de todos. En el diagnóstico lo ajustamos por área.
Hablemos
Cuéntanos cuántas personas trabajan de pie y cómo es tu espacio. Te devolvemos un diagnóstico con la cantidad de sillas por área y una cotización con tiempos de entrega.